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Merienda escolar: tras denuncia ordenan a Gobernación del Alto Paraná reformular pliego de bases

Merienda escolar: tras denuncia ordenan a Gobernación del Alto Paraná reformular pliego de bases

CIUDAD DEL ESTE. La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) ordenó a la Gobernación del Alto Paraná reformular el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) en cuanto a los ítems que hacen mención a las galletitas dulces en el marco de la licitación de la merienda escolar. El ente había recibido una denuncia de supuesto direccionamiento por ciertas exigencias, por lo que el llamado fue suspendido.

La distribución contempla la entrega del complemento nutricional a 107.951 alumnos de 519 escuelas de los 22 municipios del décimo departamento por un periodo plurianual de 106 días durante el 2024 y 106 días en el 2025.

Otro punto criticado fue el ítem galletita dulce, sabor limón, que según el denunciante solo se limitaba a ese gusto, pese a la variedad disponible en el mercado. “¿Por qué los niños querrían ese sabor, existiendo muchos otros muy aceptados como vainilla, chocolate o coco?”, indica la denuncia escrita.

La convocante respondió la denuncia ¿Qué dijo?

Teniendo en cuenta los reclamos, Contrataciones Públicas frenó el avance de la licitación y solicitó a la Gobernación del Alto Paraná el descargo correspondiente en el marco de la apertura de una investigación. El ente departamental negó todas las acusaciones.

Sobre las visitas a las escuelas expuso que se han realizado en tiempo y forma y que prueba de ello es que un total de nueve empresas participaron de los recorridos por más de 500 escuelas.

“La consignación nuestra no fue intencional de dirección a tal o cual empresa, sino más bien constituyen opciones puestas mediante plantillas preestablecidas en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), la cual se encuentra en la plataforma electrónica de dicha institución”, señala.

¿Qué resolvió la DNCP?

Funcionarios designados para la investigación de la denuncia emitieron un informe con el resultado del trabajo en el que se concluye que el plazo cuestionado para la visita técnica se encuentra fundamentado y justificado de acuerdo a la magnitud y cantidad de los distritos que conforman las instituciones beneficiadas.

“La convocante ha obviado exponer las razones técnicas que sostengan el por qué ha considerado establecer en el ítem 2 galletita de limón y en el ítem 3 galletita dulce con chía o sésamo, siendo que las mismas pudieron haberse en un solo ítem como provisión de galletitas dulces”, dice el escrito.

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