La Dirección de Asesoría Jurídica de la Cámara de Senadores, a cargo de Miguel Brítez, concluyó en su informe que el senador Javier “Chaqueñito” Vera (ANR, HC) para ser sometido al proceso por violencia contra una funcionaria del Senado debe ser desaforado.
El informe concluye que corresponden las medidas de protección urgentes impuestas por la jueza Norma Beatriz Ortiz conforme a la Ley 5777/16 de protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia, en este caso a favor de la funcionaria Espínola sobre la orden de alejamiento contra el senador Vera. Sin embargo, cuestionan que la jueza no sea específica al determinar el lugar para aplicar la medida, sea el primer piso, o en la misma comisión de Pueblos Indígenas.
La orden judicial prohíbe a Vera el acceso a los lugares donde la misma reside o lugares donde se encuentre y que signifiquen peligro para Espínola.
Retiro de la inmunidad legislativa
En segundo lugar desde la asesoría jurídica del Senado consideran que hubo un error por parte de la magistrada que debió dar trámite y trasladar el pedido de desafuero de Vera a la Cámara Alta para someterlo al proceso, ya que consideran que cualquier tipo de sanción a un legislador con fueros merece que sea atendida por el pleno del Senado.
La asesoría jurídica considera que para ser sustanciada la denuncia, el senador previamente debe perder la inmunidad parlamentaria.