Hechos

Condenan a un hombre a 13 años de cárcel por abusar de hijastra.

Condenan a un hombre a 13 años de cárcel por abusar de hijastra.

Un hombre de 43 años fue condenado a 13 años de prisión en Pedro Juan Caballero por abusar de su hijastra de 13 años. El juez consideró las pruebas presentadas durante el juicio.

Detalles del juicio y sentencia

En un fallo emitido el jueves, un Tribunal de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Amambay, presidido por la jueza Marcelina Quintana de Acosta e integrado por los magistrados Mario Francisco Peralta Ovelar y Librada Beatriz Peralta Céspedes, dictó condena a un hombre de 43 años por la comisión de delitos de abuso sexual en perjuicio de su hijastra, quien en ese momento contaba con solo 13 años.

Instituciones involucradas

La investigación fue liderada por la fiscala María Mirtha Martínez, quien destacó la colaboración de las distintas instituciones que participaron en el proceso, así como la importancia de la denuncia efectuada por la víctima. El caso pone de relieve el trabajo conjunto de las entidades encargadas de proteger a los menores en situaciones de vulnerabilidad.

Pruebas y testimonios

Durante el juicio, se presentaron pruebas físicas y documentales, además de la desgarradora declaración de la víctima. La menor relató las constantes agresiones sexuales que padeció a manos de su padrastro desde el año 2018, cada vez que su madre salía a trabajar como empleada doméstica. Esta situación generó un clima de indefensión y angustia para la víctima, que finalmente decidió romper el silencio y denunciar los hechos ocurridos.

El papel de la fiscalía

La fiscala Martínez enfatizó la relevancia de que las víctimas se manifiesten y busquen ayuda, aunque sea en circunstancias difíciles. La fiscalía se mostró satisfecha con el resultado del juicio y con la condena impuesta al acusado, al considerar que se trató de un acto de justicia frente a un crimen que afecta gravemente a los derechos de los menores.

Protección de la identidad de la víctima

En cumplimiento de lo estipulado en el artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se ha decidido omitir la identidad del condenado, para así garantizar la protección y el bienestar emocional de la menor, quien continúa recibiendo apoyo psicológico y legal tras los traumáticos eventos vividos.

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