Conacom dice que el decreto N.º 1.400 no impide directamente el acceso al mercado de nuevas estaciones de servicio en zonas urbanas. El decreto se establece como una medida temporal, según refieren. Asimismo, las recomendaciones de la Conacom estarán encaminadas a que la regla no discrimine a nadie.
Subrayó que a la Conacom no le toca evaluar los informes técnicos, que son el sustento de este decreto. “Surge la necesidad de evaluar si corresponde o no realizar una regulación que podría restringir la competencia”, manifestó.
Aclaró además que el decreto es transitorio. El regulador decide suspender la evaluación y emisión de impacto ambiental hasta que el Mades tome las medidas necesarias.
En ese sentido, refirió que la Conacom debe considerar si el período es razonable desde el punto de vista de la competencia. “La norma establece limitaciones a la competencia, pero es necesario analizar si estas limitaciones son proporcionales y no discriminatorias”, dijo.
Las recomendaciones en términos de competencia siempre estarán encaminadas a que las reglas no discrimine a nadie, según aclaró.