Luis Lezcano Claude, abogado constitucionalista, afirmó que la Fiscalía debería evaluar si con el “des-desafuero” los cartistas y sus satélites cometieron algún hecho punible. Agregó que con dicha resolución -que ayer la anularon- incurrieron en atentado contra la independencia del Poder Judicial.
Luis Lezcano Claude, abogado constitucionalista y exministro de la Corte, fue uno de los juristas consultados por el cartismo para emitir un dictamen. En su pronunciamiento, el había señalado que el “des-desafuero” era nulo.
Congreso no puede devolver fueros
Con relación a dicha resolución, afirmó que a su criterio ninguna Cámara del Congreso puede restituir fueros a los legisladores con procesos penales en curso.
Resaltó que el otorgamiento del desafuero ya es una decisión definitiva de la Cámara respectiva, por lo que no puede retrotraerse y aplicar un “des-desafuero”.
También destacó que, en ese caso, el Senado se atribuyó una facultad que no está prevista en la Constitución. “La facultad a conceder o no el desafuero, solamente consiste en eso: decidir si el sometimiento de unos de sus integrantes va a afectar el funcionamiento de esa Cámara. Solo ese punto le corresponde a la Cámara respectiva y, a partir de ese momento, se convierte en un tercero extraño al proceso y no puede intervenir”, dijo.
Fiscalía debe evaluar si se cometió un hecho punible
“En este caso, el artítulo 248 de la CN prevé algunas sanciones porque eso significa un atentado contra la independencia del Poder Judicial: el intervenir en un proceso que está en curso. Pero, lo que hay que ver en qué medida esa intervención del Congreso alteró el curso normal de los procesos penales y eso queda en manos del Ministerio Público, que tiene que evaluar y va a decidir si es que formula una imputación o no”, dijo.
Agregó que este tipo de actos no se debe cometer en el Congreso porque afectan la imagen país.