Al contrario de otras investigaciones del Ministerio Público, el fiscal Aldo Rodrigo Cantero Colmán declaró ayer a puertas cerradas en el despacho de Sandra Mayeregger, titular de la Inspectoría General, en el marco del sumario administrativo en su contra, como derivación de los chats de WhatsApp filtrados entre Cantero y el abogado Pedro Ovelar, representante del expresidente Horacio Cartes.
Llamativamente la convocatoria y su declaración se dieron bajo un estricto hermetismo, muy por el contrario a otros casos. Además dentro de la investigación preliminar abierta contra Cantero, este habría declarado no en carácter de investigado ni como testigo, sino que solamente con el fin “informativo”.
Toda la diligencia se realizó en el despacho de la inspectora general, Sandra Mayeregger, a puertas cerradas, actividad que en otros casos no se realizaron de esta manera sino en una sala que no es la oficina de la directora investigadora.
Para hoy se tiene previsto que el fiscal Giovanni Michelle Grisetti Valiente concurra también para las 8:00 a la Inspectoría General, a fin de declarar en el marco del caso vinculado a los chats filtrados, tras la imputación que él y Cantero presentaron contra el expresidente Mario Abdo Benítez y otras 8 personas.
Fiscales Aldo Cantero y Giovanni Grisetti, apartados de causa contra Mario Abdo
En su resolución, el fiscal general deja “sin efecto” las intervenciones de los fiscales Cantero y Grisetti. Se trata de una ampliación de otra resolución emitida la mañana de hoy, en la que el titular del Ministerio Público asigna a la causa a los fiscales Luis Said, Fabiola Molas y Guillermo Sanabria. Así también, asignó a cargo de la coordinación, a la fiscala adjunta Matilde Moreno.
Inspectoría General del Ministerio Público
En cuanto a la Inspectoría General, establecida en el artículo 69, el fiscal general es el encargado de nombrar al inspector que estará tres años en el cargo.
Entre otras funciones, la Inspectoría General debe desarrollar programas permanentes de prevención de los actos de corrupción dentro del Ministerio Público.
Consejo Asesor de la Fiscalía
Tal como refirió el fiscal general del Estado, tanto la Inspectoría General como el Consejo Asesor están previstos en la Ley N° 1562/2000 “Orgánica del Ministerio Público”, específicamente en el Capítulo III que trata sobre los órganos de control interno.
En ese sentido, señala el artículo 66 que el Consejo Asesor será presidido por el fiscal general del Estado, e integrado por los fiscales adjuntos, cuatro agentes fiscales a ser elegidos por sus pares, y el administrador del Ministerio Público. Este órgano tiene como función principal constituirse en Tribunal de Disciplina para juzgar a empleados y funcionarios de la institución.
Entre sus otras funciones, tiene a su cargo el asesoramiento al fiscal general en los asuntos que él requiera y presentar una evaluación anual sobre la situación del Ministerio Público.
En cuanto al Tribunal de Disciplina, al que se alude en el artículo 68, se establece que será constituido por el Consejo Asesor cada vez que un funcionario haya incumplido obligaciones administrativas o con las instrucciones de sus superiores, cuyo proceso o juicio no corresponda a otra autoridad, dejando así el dictamen en manos del fiscal general del Estado.